La modificación al artículo 213 Quintus de legislación penal, que fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, aumentó en diez años la pena mínima de prisión a quienes sean condenados por la comisión de este ilícito.
Anteriormente, se establecía una sanción de 30 a 70 años de prisión a los feminicidas, sin embargo considerando que Morelos es uno de los estados con mayor índice de violencia de género y de muertes violentas de mujeres, los diputados determinaron viable la aprobación de la iniciativa propuesta por el Poder Ejecutivo estatal.
Bajo este argumento, la pena mínima por el delito de feminicidio pasó de 30 a 40 años de prisión, mientras que la máxima permaneció 70 años.
De acuerdo con el decreto de reforma, esta medida legislativa tiene como propósito establecer sanciones ejemplares y que los agresores o los posibles victimarios sepan que el feminicidio es un delito agravado.
En el texto de justificación del decreto no sólo se reconoció los altos índices de violencia contra las mujeres en Morelos, lo cual contrasta con la resistencia del gobierno de la Nueva Visión a que la Secretaría Gobernación haga una declaratoria de esta naturaleza.
“En la última década en el Estado los índices de violencia crecieron de manera inesperada, los asesinatos suscitados en contra de mujeres en los diferentes municipios del estado de Morelos, orillaron a que desde principios del año pasado se emitiera una alerta de género por parte de la anterior administración, sin que para ello se obtuviera algún resultado que motivará la realización de proyectos y programas para abatir de manera tajante este delito, considerando sanciones ejemplares para quienes atenten en contra de una mujer”, dice el documento publicado este miércoles en el órgano oficial de difusión estatal.
Cabe destacar que actualmente el gobierno de Morelos se encuentra en un periodo de cumplimiento y verificación de las recomendaciones emitidas por la Secretaría de Gobernación para el combate, erradicación y sanción de cualquier forma de violencia hacia las mujeres.
En caso de no ser satisfactorio el cumplimiento, la Segob estará obligada a emitir la alerta de género solicitada por la Comisión Independiente de Derechos Humanos (CIDH) y apoyada por diversas organizaciones civiles y feministas.