De acuerdo con los datos recabados, hace dos meses el Juzgado Primero de Distrito emitió la resolución por la cual condenó a Casamata Gómez a dos años de prisión por el delito de falsedad de informes a la autoridad, con la posibilidad de conmutar la pena corporal con el pago de una sanción económica de 34 mil pesos debido a que el delito imputado no es grave.
El 20 de junio pasado, la representación legal del ex auditor presentó un recurso de revisión ante un tribunal federal contra la sentencia del Juzgado Primero de Distrito.
En entrevista telefónica, Casamata Gómez sostuvo que al promover la impugnación el tribunal federal le concedió la suspensión contra la ejecución de la sentencia, razón por la cual goza de su libertad.
Sostuvo ser inocente del delito que se le atribuye y afirmó que el juez federal fue parcial en el análisis de las pruebas y alegatos durante el proceso penal, en virtud de que no tomó en cuenta los documentos y testimonios ofrecidos en su defensa.
“Yo pude haber conmutado la pena y haber pagado los 34 mil pesos, para terminar ya con todo esto; pero yo no estoy de acuerdo con la sentencia. No se tomaron en cuenta las pruebas documentales y testimoniales que presenté. Y yo lo que quiero es que se declare mi inocencia y mi libertad absoluta”, dijo el ex auditor.
Por tal razón, impugnó la resolución y el tribunal federal concedió la suspensión para efecto de que no se ejecute la sentencia.
Precisó que su situación jurídica actual no lo priva de ejercer un cargo público ni de sus derechos laborales; sin embargo, insistió en que continuará con su lucha jurídica hasta, si es necesario, llevar su caso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Conflicto laboral, origen del delito
El conflicto penal que mantiene en el ojo del huracán a Gerardo Casamata Gómez tuvo su origen en el 2007, cuando el titular de la ASF despidió al auditor especial de Organismos Públicos supuestamente por órdenes de la Junta de Coordinación Política del Congreso.
El trabajador promovió un juicio de amparo que ganó y por el cual se ordenó su reinstalación. De acuerdo con la versión del empleado del órgano fiscalizador, que consta en los expedientes, su superior no cumplió con la sentencia pues no sólo no lo reinstaló en su cargo sino que su remuneración fue menor, además de que la orden de removerlo como auditor especial de Organismo Públicos no habría sido girada por la Junta de Coordinación Política.
Sin embargo, mientras Casamata Gómez argumentaba que la remoción se habría originado por petición de la Junta de Coordinación Política, el Congreso negó en un informe justificado, solicitado por un juez federal, haber instruido el despido bajo el argumento de que el titular de la ASF tiene facultades para tomar decisiones sobre sus auditores. Esto originó la causa penal bajo la cual se le imputó el delito de falsedad de declaraciones al titular de la ASF.
Infructuosa lucha legal
Desde el inicio del proceso penal, Casamata Gómez ha tenido poca suerte en el litigio. El 23 de marzo de 2010, el Juzgado Primero de Distrito decretó auto de formal prisión contra el ex auditor, acusado del delito de falsedad de informes ante la autoridad.
El 30 de junio del año pasado, el Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región con sede en Acapulco, Guerrero, negó a Casamata la protección de la justicia federal en el juicio de amparo 641/2010 y cuatro meses después, en noviembre, el Primer Tribunal Colegiado ratificó la negativa de amparo, por lo que quedó firme el auto de formal prisión que sujetó a proceso penal al ex auditor.
En consecuencia, se hizo efectiva la orden de identificación signalética (ficha administrativa en el penal de Atlacholoaya) y la suspensión de los derechos políticos del ex funcionario.
Un mes después, el 7 de diciembre, los diputados determinaron suspender indefinidamente de sus funciones como titular de la Auditoría Superior de Fiscalización a Casamata Gómez y nombrar en su lugar a Luis Manuel Velázquez González.
El ex funcionario promovió de inmediato el juicio de amparo 171/2010 ante el Juzgado Sexto de Distrito que negó la suspensión contra la determinación de los legisladores. Hasta la fecha, este juicio sigue en proceso.
Asimismo, desde el 20 de junio del pasado año promovió el recurso de apelación 190/2011 ante el Tribunal Unitario contra la condena del Juzgado Primero de Distrito, por lo que la sentencia no es ejecutable hasta que haya una resolución definitiva.