Por unanimidad, los diputados locales aprobaron dicha ley, que determina “la responsabilidad del estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares será objetiva y directa”.
La ley fue propuesta por el diputado Rabindranath Salazar Solorio y contempla daños de la responsabilidad patrimonial del estado: daño emergente, lucro cesante, daño personal y daño moral.
De igual forma se incluyó un capítulo en la Ley que refiere la reparación por daños colaterales, específicamente trata de las afectaciones que una persona pueda sufrir por las acciones que las autoridades de seguridad pública realicen, con el objetivo de la prevención del delito.
En este sentido, los particulares tendrán derecho a una indemnización que no excederá del equivalente a dos mil veces el salario mínimo vigente (cerca de 112 mil pesos con el salario actual) y en los demás casos el monto de la reparación del año se calculará de acuerdo a la afectación causada.
Según se explicó por los diputados locales, el Poder Ejecutivo deberá etiquetar un recurso especial del Presupuesto anual para hacer efectiva la indemnización. De igual forma, ayuntamientos deberán destinar una partida presupuestal para la reparación del daño.
Es que la Ley de Daño Patrimonial contempla que no sólo el Poder Ejecutivo tendrá la responsabilidad de pagar cualquier daño ocasionado a un ciudadano, también el Legislativo, Judicial, los gobiernos municipales, órganos desconcentrados, descentralizados y demás entidades que formen parte del sector paraestatal o paramunicipal.
Cabe mencionar, que dentro de la exposición de motivos por parte de los legisladores, se dijo que el principal objetivo es evitar que las gentes queden desprotegidas cuando se cause daño a su persona y se pusieron como ejemplo los operativos de seguridad pública, la construcción de obras públicas, entre otras acciones.