Ayer, fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el decreto que reforma y adiciona el artículo 58 de la Constitución local con su respectiva declaratoria, aprobada por el Constituyente con el voto a favor de 20 municipios, 12 votos más calificados como positiva ficta (porque los municipios no respondieron ni afirmativa ni negativamente al Congreso) y sólo –dice el documento- con el voto en contra del municipio de Tlayacapan.
Con la vigencia de la reforma, se elimina la traba que por años impidió a muchos militantes de todos los partidos políticos aspirar a la candidatura por la gubernatura. Ahora ya no es necesario ser morelense por nacimiento, únicamente se deberá acreditar una residencia mínima de cinco años en el estado. Además, se reduce de 35 a 30 años la edad mínima para ser gobernador del estado.
Con esta reforma a la Constitución local, Morelos dejó de ser la única entidad que exigía ser nacido en el estado para ser gobernador.
Asimismo, Morelos se une al grupo de 26 entidades que en sus constituciones establece como edad mínima 30 años para ser mandatario estatal. Únicamente Quintana Roo fija en su Constitución una edad mínima de 25 años, en tanto que San Luis Potosí y Guanajuato fijan como requisito 35 años.