El viernes fue publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” la modificación al decreto de fecha 18 de marzo del 2009 por el cual se crea el Fondo Económico para la Restauración y Protección Especial de las Víctimas u Ofendidos del Delito, con la finalidad de convertirlo en un órgano desconcentrado de la Procuraduría General de Justicia del estado, con autonomía técnica y de gestión, adscrito a la Procuraduría General de Justicia del estado a través del subprocurador general.
Asimismo, se estableció que los objetivos del fondo, la integración del mismo, así como las facultades y atribuciones relativas a su organización se establecerán en el reglamento que al efecto se expida, pero en todo caso deberá contar al menos con un comité técnico.
En consecuencia, simultáneamente fue expedido y publicado en el órgano de difusión oficial el Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio en Favor del Estado de Morelos en materia del Fondo Económico para la Restauración y Protección Especial de las Víctimas u Ofendidos del Delito.
El 11 de marzo de 2009, se publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” la Ley de Extinción de Dominio en favor del Estado de Morelos, la cual dispone en su título tercero, capítulo único, denominado “Del Fondo”, que los recursos económicos derivados de los remanentes del valor de los bienes que resulten, una vez aplicados los recursos correspondientes en términos del artículo 43 de la misma ley, se depositarán en el Fondo Económico de Restauración y Protección Especial de las Víctimas u Ofendidos del Delito de la Procuraduría de Justicia del estado.
De acuerdo con el reglamento, que puede ser consultado en la página electrónica del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, se establece que el comité técnico será creado e integrado por el titular de la Procuraduría General de Justicia del estado de Morelos, como presidente; los titulares de las Direcciones Generales de Investigaciones y Procesos Penales de cada Subprocuraduría del estado; el titular de la Dirección General de Asesoría Social y Auxilio a Víctimas; la persona a cargo de la Visitaduría General y el coordinador general de Administración y Sistemas, quien será el secretario técnico. Todos ellos con derecho a voz y voto.
También deberá asistir, con derecho a voz pero sin voto, un representante de la Secretaría de la Contraloría. Así mismo, a juicio del comité técnico se podrá invitar a participar en las sesiones a aquellas personas o instituciones que por su naturaleza puedan coadyuvar en la protección y atención a las víctimas del delito, quienes tendrán derecho a voz, pero no a voto.
Las funciones del comité serán determinar quiénes pueden ser beneficiarios de dicho fondo y los procedimientos para el resarcimiento del daño moral y patrimonial a las víctimas del delito.
A pesar de que en este decreto se establece que “el Fondo ha venido operando con regularidad”, la Procuraduría General de Justicia respondió a través de una solicitud de información pública que no hay ningún beneficiario porque dicho fondo todavía no entra en vigor. Cabe destacar que a este fondo se le había asignado un capital inicial de un millón de pesos, aportados por el gobierno del estado.