Política
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Hay 52 aspirantes a observador electoral

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El plazo concluye el 30 de abril.

A la fecha se han registrado ante el Instituto Nacional Electoral Morelos (INE) un total de 52 solicitudes para fungir como Observadores Electorales durante la jornada del próximo 6 de junio.  

De acuerdo con el informe de la vocal de Organización Electoral Sinia Álvarez Ramos, aprobado recientemente, el Sistema de Observadores Electorales reportó (con corte del 18 de febrero) ya 52 peticiones de ciudadanas y ciudadanos que quieren participar en el proceso en curso.  

Respecto al curso de capacitación, la funcionaria expuso que a la fecha, a nivel estatal, se ha capacitado a seis ciudadanas y ciudadanos, de los cuales uno corresponde a la Junta Distrital Ejecutiva 02, dos de la Junta Distrital Ejecutiva 03, dos de la Junta Distrital Ejecutiva 04 y uno de la Junta Distrital Ejecutiva 05.  

De ese total se han aprobado en total las acreditaciones de tres ciudadanos, los cuales corresponden a las juntas distritales 02, 04 y 05.  

Álvarez Ramo indicó que de las 46 solicitudes faltantes, se están realizando las gestiones por la vocalía de Capacitación Electoral y Educación Cívica para que se les capacite y seguir con el proceso de acreditación. 

Entre las bases, destaca la condición de obtener oportunamente la acreditación ante la autoridad electoral, para participar en la observación electoral, así como la necesidad de presentar una solicitud por escrito, acompañada de una copia de la credencial para votar, en la que se manifieste expresamente el compromiso de conducirse con apego a los principios rectores.  

La solicitud podrá presentarse en forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan, y el plazo para presentarla concluye el 30 de abril próximo.  

Los requisitos que establece dicha disposición legal son cuatro: ser ciudadano mexicano en pleno goce de los derechos políticos electorales; no ser ni haber sido miembro de dirigencias de partidos políticos ni candidato en los tres años previos al día de la elección; así como asistir a un curso de capacitación impartido por el Instituto Nacional Electoral (INE), los Organismos Públicos Locales (OPL) o la organización a la que pertenezcan los solicitantes. 

En lo referente a las limitaciones a la conducta de quienes obtengan su acreditación como observadores electorales, la disposición legal señala que deben abstenerse de: “sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales; hacer proselitismo a favor de algún partido o candidato; expresar ofensas o calumnias en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos y candidatos; y declarar el triunfo de algún partido o candidato”. Finalmente, el artículo de referencia establece que las personas acreditadas como observadoras electorales podrán ejercer esa función en cualquier lugar de la República Mexicana; solicitar a las autoridades electorales la información que requieran; presentarse durante la Jornada Electoral en las casillas y consejos que deseen, para observar los diversos actos que se desarrollan.  

 

 

 

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Tlaulli Preciado

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