Política
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TEEM valida coalición Morena-PES-PNA

Pleno confirma legalidad de candidaturas comunes

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Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) confirmó la legalidad del convenio de coalición y candidaturas comunes firmado por los partidos Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Encuentro Social y Nueva Alianza EN Morelos.

Al resolver el TEEM/JDC/08/2021-1 y sus acumulados promovidos por varios militantes de Morena en contra de la coalición, el Pleno resolvió sobreseer juicios ciudadanos al considerar que los inconformes no acreditaron su interés jurídico, en virtud de que no demostraron una afectación individual cierta y directa en sus derechos políticos electorales como el derecho a votar y ser votados.

Por cuanto a los recursos de apelación 11,12, 13, 14 y 15, promovidos los partidos Redes Sociales Progresistas, Movimiento Alternativa Social y Verde Ecologista de México, también en contra del convenio de coalición, consideró infundados los agravios.

Los partidos recurrentes reclamaron la ilegalidad de la solicitud de convenio de coalición y candidaturas comunes, ya que fue firmada por el presidente y secretaria general de Morena, y no por el órgano facultado, es decir, por el Consejo Nacional de Morena, quien tiene la exclusiva e indelegable facultad para suscribirlos.

Sin embargo, el TEEM estableció que el Consejo Nacional Morena sesionó de forma extraordinaria del 15 al 17 de noviembre de 2020 y aprobó la coalición general para la elección federal, estatal y municipal, y delegó en la dirigencia nacional la autoridad para suscribir dichos convenios.

“Al haberse aprobado a través de dicha acta, es incuestionable que el propio Consejo Nacional haya podido ejercer directamente la facultad para celebrar coaliciones con diversos institutos políticos, decisión que fue aprobada por las y los consejeros presentes en el acta de sesión permanente.

“En ese contexto, el Consejo Nacional, de conformidad con lo que establece el artículo 41, inciso L de los estatutos, ejerció dentro de sus atribuciones el delegar las facultades al Comité Ejecutivo Nacional para el correcto funcionamiento del partido, lo que implica que este las ejecutara y concretara en cada entidad federativa, pues el Consejo Nacional de Morena, dentro de sus atribuciones, facultó al presidente y secretaria general del CEN para acordar, concretar y, en su caso, modificar las coaliciones y candidaturas comunes, así como para suscribir dichos instrumentos jurídicos que permitan concretar las mismas, sin que ello signifique que el comité ejecutivo referido de manera unilateral hubiese firmado los convenios”, determinó.

Respecto al alegato de los partidos inconformes sobre que el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) no revisó que la coalición Morena-PES-PNA hubiese cubierto los requisitos, fue declarado infundado, ya que la autoridad administrativa electoral examinó y realizó observaciones para que los partidos coaligados las subsanaran.

También el tribunal local declaró infundados los reclamos de los partidos actores que alegaron que los partidos con nuevo registro no podían coaligarse. Para el TEEM, los partidos PES y PNA Morelos sí pueden ir en la alianza con Morena, ya que colmaron el requisito de haber participado en la última elección de 2018 como partidos nacionales.  

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Maciel Calvo

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