La Corte juzgará la constitucionalidad o no de las reformas legales que otorgaron al Tribunal de Justicia Administrativa facultades para destituir a integrantes de los cabildos por incumplimiento de sentencias
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá sobre la constitucionalidad o no de las reformas legales que otorgaron al Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) facultades para destituir a los presidentes municipales o a los Cabildos por incumplimiento de sus sentencias.
El Pleno de la SCJN enlistó para su resolución esta semana las controversias constitucionales promovidas por los ayuntamientos de Cuautla y Puente de Ixtla entre 2017 y 2018, contra las destituciones ordenadas por las salas o el Pleno del TJA.
Los ayuntamientos demandaron la invalidez de los artículos 11, fracción V y 91, de la Ley de Justicia Administrativa del Estado, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el 19 de julio de 2017, mediante el Decreto 2193.
Los artículos 11 y 91 de la nueva Ley de Justicia Administrativa establecen que el Pleno y los magistrados del TJA tienen facultades para decretar la destitución e inhabilitación hasta por seis años de los servidores públicos, incluyendo al alcalde y los integrantes de los cabildos, cuando éstos -reiterada e injustificadamente- se nieguen a cumplir las sentencias del TJA.
Desde la vigencia de la disposición, ninguno de los ediles o cabildos fueron depuestos por incumplir sentencias judiciales, ya que la SCJN le concedió suspensiones a los afectados en tanto resolvía los recursos.