Reforma electoral fallida colocó a Morelos en el segundo lugar entre los estados con mayor conflictividad jurisdiccional: Puig Hernández.
El Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) dio por concluido el proceso electoral 2017-2018 y atribuyó las dificultades jurídicas que se enfrentaron para resolver las impugnaciones a la “falta de técnica legislativa”, que colocó a la entidad en el segundo lugar entre los estados de mayor conflictividad jurisdiccional.
Luego de que el pasado jueves la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación resolvió las últimas inconformidades relacionadas con la integración de los cabildos de los municipios de Yecapixtla y Tlaquiltenango, el TEEM realizó la declaratoria de culminación del proceso electoral, durante el cual desahogó un total 574 impugnaciones de candidatos y partidos políticos.
El magistrado presidente del tribunal local, Carlos Alberto Puig Hernández, afirmó que derivado de las diversas lagunas jurídicas en la normatividad electoral del estado de Morelos, los magistrados aplicaron criterios jurídicos para dar certeza y seguridad jurídica a los entes políticos y los ciudadanos.
Destacó que “la falta de técnica legislativa” en la última reforma electoral que realizó la LIII Legislatura, generó dificultades para resolver las impugnaciones referentes en la integración de los cabildos.
“Somos el segundo estado con el mayor grado de conflictividad jurisdiccional. A qué me refiero, a que Chiapas tiene, no recuerdo las cantidades exactas, pero por decirles algo, si comparamos el número de ciudadanos de la lista nominal frente al número de asuntos que se presentaron, tiene como dos y tanto ciudadanos por cada asunto, y nosotros estamos en segundo lugar, frente a muchos otros que tienen un asunto por cada 10 mil o cada 15 mil”, expresó.
Dijo que aun cuando los magistrados locales se decantaron por privilegiar la gobernabilidad en los municipios, es decir, excluir en la fórmula de asignación de regidurías a los alcaldes y síndico para permitir que los presidentes municipales pudieran contar con mayoría en el órgano de gobierno, como ocurre en otras entidades del país, tanto la Sala Superior como la Sala Regional del TEPJF determinaron que en la asignación debía incluirse a ambas figuras.
La magistrada Martha Elena Mejía destacó que los recursos fueron resueltos en tiempo y forma pese a las restricciones presupuestales que enfrentó el órgano jurisdiccional; en tanto, el magistrado Francisco Hurtado Delgado recalcó que la última reforma electoral dejó al tribunal “un camino muy escabroso”, debido a las lagunas y contradicciones jurídicas, y destacó que en este proceso electoral se obtuvo una participación de 67% del padrón electoral, una cifra histórica y que indica que los ciudadanos se involucran más en los procesos democráticos.