Ahora la abstención de las alcaldías no será contemplada ya como voto a favor; cualquier reforma deberá contar con el voto a favor de dos tercios de los cabildos; en el colmo del cinismo, los diputados señalan que la opción de la afirmativa ficta propició excesos
Con la eliminación de la afirmativa ficta, ahora todas las reformas a la Constitución deberán aprobarse por la dos terceras partes de los ayuntamientos, que estarán obligados a pronunciarse a favor o en contra. Además, con la entrada en vigor de la declaratoria que da autonomía al Instituto de la Mujer de Morelos, podrá iniciarse el proceso de designación de la nueva persona titular.
De acuerdo con la reforma publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, que por cierto fue aprobada con la afirmativa ficta de 17 ayuntamientos (que ignoraron u omitieron pronunciarse a favor o en contra de la modificación constitucional), más dos votos a favor de los ayuntamientos de Emiliano Zapata y Jiutepec, fue modificado el artículo 147 constitucional.
En la motivación de la iniciativa de reforma, que fue impulsada por el grupo parlamentario del PRD, el legislador estableció que “la afirmativa ficta fue la peor cláusula que se le pudo haber incluido a la Constitución local, ya que ha provocado un completo desentendimiento por parte de los ayuntamientos en las reformas constitucionales”.
Sin embargo, se reconoce que gracias a la afirmativa ficta los diputados pudieron realizar “excesivas reformas”, que su a vez han provocado “una falta de cohesión y que exista una permanencia institucional”.
De esta manera, la propia legislatura reconoció que “en los últimos años, nuestra Constitución local se ha reformado de manera excesiva con cientos de reformas que presenta cada legislatura, misma que en algunas ocasiones, no hace más que no se lleguen a concretar o dar los resultados que se buscaban los legisladores con una anterior reforma”.
“El reformismo sin sentido y por variaciones políticas debe parar. Debemos dejar que las instituciones se desarrollen con un sentido de duración y permanencia, lo anterior para que puedan lograr los objetivos de los cuales son encomendadas”, advirtió la justificación de la reforma, que también tiene como objetivo dificultar que las modificaciones realizadas por la legislatura que culmina sean revertidas.
Actualmente Morelos tiene 33 ayuntamientos, lo que significa que para aprobarse una reforma constitucional, además del apoyo de las dos terceras partes de los diputados, se necesitarán al menos los votos de 22 cabildos. A partir de enero, con la creación de tres municipios indígenas, la entidad tendrá 36 ayuntamientos, por lo que el número de votos subirá a 24.
De igual forma, con la entrada en vigor de la reforma constitucional que dota de autonomía al Instituto de la Mujer de la Mujer, se estableció que con ello el Congreso está en la posibilidad de expedir la convocatoria para nombrar a la persona titular del organismo público, y dar un plazo máximo de cinco días para que se inscriban los aspirantes a ocupar el cargo y arranque el proceso de designación.