Cuernavaca, Morelos.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la negativa del registro del ex sacerdote José Antonio Sandoval Tajonar, como candidato independiente por la gubernatura del estado, y ordenó al gobernador remitir inmediatamente al Congreso una propuesta de incremento de presupuesto al Tribunal Estatal Electoral, para evitar poner en riesgo su autonomía e independencia jurisdiccional.
Al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 1209/2017, por unanimidad el Pleno de la Sala Superior declaró infundados los reclamos del ex clérigo y confirmó el acuerdo 116/2017 del Consejo General del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), por el cual negó el registro como candidato independiente a la gubernatura a Sandoval Tajonar por no cumplir con los requisitos legales para postularse por un cargo de elección popular.
“Se estiman infundados los agravios en los que se aduce que son inconvencionales los artículos 130 de la Constitución federal y 14 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público por contener restricciones diferentes a las establecidas en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 25, inciso B, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.
“Lo infundado radica en que el Estado Mexicano hizo una reserva respecto de dichos preceptos de fuente internacional, lo que impide que tengan vigor en su territorio”, estipuló la resolución.
De acuerdo con la sentencia, en el artículo 14 de la Ley de Asociaciones Religiosas, en el apartado impugnado, se establece que quienes ejercen el ministerio de cualquier culto, no podrán ser votados para puestos de elección popular a menos que se separen formal, material y definitivamente de su ministerio cuando menos cinco años antes del día de la elección, y en este caso el ex sacerdote no cumplía con este requisito.
También se reafirmó que el plazo de cuando menos cinco años no es irracional ni desproporcionado, ya que su exigencia atiende a un fin legítimo y a los principios rectores en materia de electoral.
Gana TEE aumento presupuestal
Por otra parte, el Pleno de la Sala Superior del TEPJF también resolvió por unanimidad el juicio electoral 1/2018 promovido por el Tribunal Estatal Electoral, y ordenó al gobernador de Morelos enviar al Congreso local una propuesta de incremento al presupuesto del órgano jurisdiccional con base en la petición original de poco más de 41 millones de pesos.
La máxima autoridad electoral en el país consideró fundado el reclamo del TEE y que el actuar del gobernador, al disminuir de 41 a 18 millones el presupuesto del tribunal en el proyecto entregado por el Ejecutivo al Congreso local, “fue contrario al procedimiento dispuesto en el marco legal y constitucional, pues redujo la cantidad solicitada por el órgano de justicia electoral en su anteproyecto de presupuesto”.
“Ello originó que el Congreso del Estado recibiera, analizara y aprobara una propuesta de presupuesto de egresos que contenía valores distintos a los proyectados y requeridos por el propio tribunal para el desempeño de su función constitucional”.
Con base en esta consideración, la Sala Superior ordenó al gobernador someter al Congreso una propuesta de incremento de presupuesto al TEE sujetándose a la cantidad originalmente requerida por el tribunal y vinculó a la legislatura para que en este periodo de sesiones emita una determinación fundada y motivada, “debiendo considerar prioritariamente el incremento exponencial en las cargas de trabajo y requerimientos de recursos que indefectiblemente implica para el órgano de justicia el desarrollo de los procesos electorales para la renovación de todos los cargo de elección popular en la entidad”.
En su intervención, la magistrada Mónica Arelí Soto Fragoso consideró que el espíritu de la reforma electoral del 2014 y el diseño constitucional de órganos electorales fue darles autonomía e independencia, lo que implica que deben de contar con las condiciones mínimas para el desempeño de sus funciones legales.
Sostuvo que no es menor la tarea de los tribunales electorales locales y mucho menos en el contexto en el que hoy estamos viviendo, ante un escenario electoral en donde se advierte que la judicialización por supuesto que irá en crecimiento.
Por ello, dijo, la inobservancia a las reglas que determinan la forma en que se asigna el presupuesto a los órganos electorales locales, no sólo constituye una violación al marco jurídico sino una vulneración a la autonomía e independencia.
Sostuvo que en el caso del TEE, la injerencia del titular del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos en el anteproyecto de presupuesto que oportunamente elaboró y remitió el Tribunal Electoral local, evidenció, un exceso en las atribuciones del primero, quien puso en riesgo el correcto funcionamiento del órgano local, lo cual jurídicamente es inadmisible.
Y recalcó: “Es imperativo, bajo cualquier escenario que al margen de las discusiones sustantivas en cuanto al monto y modalidades de la asignación de los recursos presupuestarios, se garantice la plena observancia de los mecanismos y procedimientos regulados en las normas jurídicas para la asignación del presupuesto a las autoridades electorales locales, particularmente, y por lo que al caso concreto atañe al Tribunal Electoral del Estado de Morelos.
“Esto permitirá que en el referido procedimiento no intervengan autoridades que no estén expresamente facultadas para ello ni se vean afectadas al menos en este aspecto, la autonomía e independencia del Tribunal Estatal Electoral.
“Sólo así es posible avanzar en la consolidación del Sistema de Justicia Electoral, observar el federalismo judicial y acrecentar la confianza en la ciudadanía en las instituciones encargadas de impartir justicia”.