El gobierno de Morelos impugnó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el decreto de pensión por jubilación del ex director del Hospital del Niño Morelense, Melquisedec Piedragil Ayala, por considerar que el Congreso local no cumplió con el procedimiento legislativo.
Recientemente, el alto tribunal concedió al gobierno de Morelos la suspensión para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, lo que implica que el Congreso y el Poder Ejecutivo no deberán publicar ni en la Gaceta Legislativa y muchos menos en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, el decreto 1539 por el cual se aprobó la pensión por cesantía en edad avanzada de Piedragil Ayala al 50 por ciento de su último salario como director del nosocomio infantil, con cargo a las finanzas de dicho hospital.
En la controversia constitucional 258/2017, el Poder Ejecutivo alegó que el decreto en cuestión transgredió los principios y procedimientos legislativos, por lo que reclamó su invalidez.
En respuesta, la SCJN concedió la suspensión para preservar la materia del juicio, “a efecto de asegurar el bien jurídico de que se trate para que la sentencia pueda ejecutarse eficaz e íntegramente, de modo a que tiende a prevenir el daño trascendente que pudiera ocasionar a las partes y a la sociedad en tanto se resuelve el juicio principal”.
El gobierno del estado detalló en su escrito de demanda que promovió la controversia “por considerar medularmente, que el Congreso del Estado de Morelos y sus órganos subordinados han transgredido los principios y preceptos constitucionales que rigen el procedimiento legislativo y la facultad del Poder Ejecutivo de poder observar y vetar leyes o decretos.