Lo anterior, fue advertido por la Asociación de Abogados Penalistas, quien alertó que Morelos podría ser el reflejo de lo que ha sucedido en el estado de Oaxaca, donde incluso los tribunales colegiados han emitido una tesis aislada en la que se sostiene que el sistema de justicia penal no es válido si no hay tal declaratoria.
El estado de Oaxaca incorporó a su Código Procesal Penal el sistema adversarial acusatorio, mediante el Decreto Número 308, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 9 de septiembre de 2006, el cual entraría en vigor 12 meses después (en septiembre de 2007) en las siete regiones que componen esa entidad.
Aún cuando este estado incorporó el sistema oral de justicia a su código penal previo a la reforma constitucional federal que entró en vigor el 18 de junio de 2008, también estaba sujeta a la obligación de emitir la declaratoria respectiva.
No obstante, la Legislatura de Oaxaca emitió hasta el 15 de noviembre de 2008 la declaratoria de incorporación relativa. Esto provocó que presuntos responsables de delitos procesados bajo el sistema de justicia oral entre septiembre de 2007 y noviembre de 2008, promovieran amparos argumentando la ilegalidad de sus procesos en un intento por evadir los cargos que les fueron imputados.
En varios casos, los inculpados obtuvieron amparos para efecto de que fueran procesados no por el sistema penal adversarial sino por el sistema de justicia tradicional. Pero esto permitió prácticamente que se anularan las actuaciones realizadas por los juzgados orales y se iniciara desde cero todo el proceso por la vía tradicional.
El líder de la Asociación de Abogados Penalistas del Estado de Morelos, Cipriano Sotelo Salgado, explicó que esto permitió que los indiciados obtuvieran su libertad, en tanto se trasladaba su proceso de un sistema penal a otro, y se dieran a la fuga.
Advirtió que esto podría ocurrir también en Morelos, pues todos los procesados por el sistema de juicios orales desde el 30 de octubre de 2008, fecha en que entró en vigor en dicho sistema en nuestro estado, hasta la fecha pueden recurrir al amparo y podrían dar en cualquier momento una sorpresa a la procuración e impartición de justicia.
“A los abogados penalistas nos preocupa que esto pueda suceder por no existir la declaratoria”, afirmó.
Afirmó que es responsabilidad compartida de los tres poderes del estado que esto no ocurra. Pero mientras el Congreso de Morelos no emita la declaratoria de incorporación, a la que obliga el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional en materia penal y en la que señale expresamente que el sistema procesal penal acusatorio ha sido incorporado a la normatividad local, existe el riesgo de más amparos y posible evasión de la justicia de los imputados ante esta gran laguna jurídica.
Los primeros amparos
Como oportunamente lo informó La Unión de Morelos, en la entidad hasta agosto de este año al menos ocho procesados por diversos delitos habían promovido juicios de amparo contra la inexistencia de la declaratoria por omisión del Congreso del Estado.
Dichos amparos también fueron para efecto de que los imputados fueran procesados no por el sistema oral sino por el sistema tradicional; los indiciados se encontraban bajo prisión preventiva por estar acusados de delitos graves y en estos casos no pudieron obtener su libertad.
A diputados poco importa la omisión
A pesar de que la inexistencia de la declaratoria ha generado polémica y preocupación entre diversos sectores de la sociedad, a los legisladores poco les ha importado incurrir en omisión de sus funciones.
Y es que desde el 4 de agosto pasado el Tribunal Superior de Justicia entregó al Poder Legislativo un escrito en el cual expuso y motivó la necesidad de emitir dicha declaratoria, así como sugirió algunos lineamientos para expedirla a la brevedad posible.
Sin embargo, desde entonces ha trascurrido más un mes y desde el inicio del primer periodo de sesiones del segundo año de laborales de esta legislatura, los diputados no han desempolvado el tema.