Cuernavaca, Morelos.- Fueron absueltos dos hombres señalados de haber cometido el delito de extorsión agravada en grado de tentativa en contra de un taxista al que previamente le había sido robado su vehículo, ya que el juez determinó que los hechos por los que habían sido acusados no cumplían con las características de extorsión ni con las de robo.
Ayer se celebró la audiencia en la que la fiscalía pretendía vincular a proceso a León Guillermo “N” y Santos “N”, señalados por su supuesta víctima Juan Carlos “N” por el delito de extorsión en grado de tentativa.
Lo anterior, en relación con el robo cometido el 9 de mayo en contra Federico “N”, quien se desempeña como taxista y tenía a su cargo un vehículo Tsuru con placas del estado de Morelos propiedad de Juan Carlos.
Despúes del robo del vehículo, el 19 de mayo uno de los supuestos ladrones se intentó comunicar con el dueño del auto, a través de llamadas telefónicas, a las que Juan Carlos no contestó.
Pero a las 11:45 horas de ese mismo día Juan Carlos envió un mensaje de texto al teléfono de donde provenían las llamadas, diciendo que quería llegar a un arreglo para recuperar su vehículo Tsuru y acordando el pago de 25 mil pesos, que iban a ser entregados en las cercanías del hotel GS en Buena Vista al día siguiente.
En ese lugar fueron aprehendidos León Guillermo y Santos, que habían llegado en un taxi de color azul con placas del estado de México.
Elementos de la Policía de Investigación Criminal realizaron la captura. El dueño del vehículo robado señaló a León Guillermo como uno de los asaltantes que lo habían sometido el 9 de mayo.
Luego de la narración de los hechos y de las declaraciones del imputado y testigos, se estableció que uno de los aprehendidos -Santos N- se desempeña como taxista y que el 11 de mayo , cuando fue aprehendido, llevaba a Guillermo sólo porque le pidió sus servicios de taxi.
Una vez que el juez conoció las pruebas aportadas por la Fiscalía para solicitar la vinculación a proceso, determinó que los hechos por los que habían sido acusados los imputados no cumplían con las características de extorsión, ya que la víctima fue quien se comunicó por medio de mensajes con su victimario para llegar a un acuerdo, mensajes que a su vez también agotaron el delito de robo, por lo cual el juzgador decreto la no vinculación a proceso de los imputados.