Las y los trabajadores al servicio del estado y de los municipios podrán gozar de un día de descanso obligatorio durante la celebración del Día de la Madre y el Día del Padre.
En el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” fue publicada la reforma al artículo 32 de la Ley del Servicio Civil que planteó que, en igualdad de derechos, los hombres y mujeres con hijos deben tener el derecho a un día de descanso con motivo de las celebraciones.
“(…) en virtud de que el hombre y la mujer deben estar en el mismo contexto de igualdad, se considera oportuno reformar el artículo 32 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, con la finalidad de que el padre trabajador al servicio del Gobierno Estatal o de los municipios del Estado de Morelos, se le otorgue como día de descanso obligatorio, el tercer lunes de junio de cada año; es decir, el día hábil siguiente a aquel en que se celebra en México el Día del Padre”, dice el decreto.
En el caso de las mujeres, en el Día de la Madre habitualmente en las dependencias se les da el día en algunos casos, y en otros se les permite salir temprano de sus labores, pero con la reforma ahora será obligatorio el descanso, aun cuando la celebración se festeje en fin de semana.
“(…)dado que el 10 de mayo en ocasiones se celebra en sábado o domingo, se estima conveniente establecer en el artículo 32 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, para el caso de que ese día sea inhábil, se otorgue a la madre trabajadora del Gobierno del Estado y sus municipios, el día hábil siguiente como día de descanso obligatorio; de esta manera, la madre y el padre, estarán en igualdad de condiciones y con la oportunidad de poder celebrar el día acompañados y disfrutando a su familia”.
La reforma fue promovida por las diputadas Hortencia Figueroa Peralta y Norma Alicia Popoca Sotelo, y las y los trabajadores burócratas que tienen hijos podrán gozar de un día de descanso obligatorio adicional.