La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio trámite a las controversias constitucionales promovidas por los ayuntamientos de Tlaquiltenango, Mazatepec, Tlayacapan y Tetela de Volcán, y se espera que en breve el máximo tribunal del país se pronuncie sobre su admisión y, en su caso, la procedencia de alguna medida cautelar.
Los ayuntamientos reclamaron ante la SCJN la inconstitucionalidad del artículo 6, fracciones II, III, IV, V y IV, así como la adición al artículo 15 Quater a la Ley de Coordinación Hacendaria, porque “disminuye los porcentajes de las participaciones federales destinadas a los municipios del estado de Morelos del 22% al 20% y con el 2% de participaciones disminuidas, crear un fondo para la atención de infraestructura y administración municipal para amortizar los adeudos resultantes de la ejecución de laudos laborales en contra de los ayuntamientos”, sin contar con la autorización de las comunas.
Ante ello, los cuatro municipios solicitaron la suspensión de las disposiciones hacendarias estatales y con ello evitar que el gobierno estatal les retenga el 2% de sus participaciones federales hasta que resuelvan de fondo las controversias constitucionales.