La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, anunció este viernes que la capital estará en semáforo rojo de COVID-19.
Por ello se suspenderán las actividades no esenciales durante tres semanas, iniciando el sábado 19 de diciembre y hasta el 10 de enero de 2021, señaló el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell.
Las actividades que continuarán operando son:
- Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad de México
- Sector farmacéutico
- Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención
- Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de todas las actividades esenciales
- Elaboración y venta de pan
- Tortillerías
- Abarrotes, misceláneas y recauderías
- Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores; con excepción de los que se encuentran ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México
- Veterinarias y venta de alimento para animales
- Lavanderías
- Tintorerías
- Jarcierías
- Servicios de mudanza
- Servicios de mantenimiento
- Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud
- Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)
- Servicios financieros (bancos, debiendo garantizar un flujo continuo de clientes y sana distancia entre ellos)
- Servicios notariales
- Sector energético
- Generación y distribución de agua potable
- Industria de alimentos y bebidas
- Mercados
- Supermercados
- Tiendas de autoservicio
- Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría
- Producción agrícola, pesquera y pecuaria
- Agroindustria
- Industria química
- Servicios de mensajería y comercio electrónico
- Servicio postal
- Seguridad privada
- Asilos y estancias para personas mayores
- Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos
- Telecomunicaciones y medios de información
- Servicios de emergencia
- Verificentros
- Servicios funerarios y de inhumación
- Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales;
- Talleres mecánicos
- Refaccionarias
- Manejo de residuos sólidos
- Industria de la construcción
- Minería
- Industria manufacturera
- Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio
- Hoteles con un aforo máximo de 30% y únicamente con servicio de hospedaje
- Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la CDMX
En tanto, estos negocios deberán cumplir con las siguientes medidas de sanidad:
El Instituto de Verificación Administrativa, en coordinación con las demás autoridades competentes de la Ciudad de México, realizarán las actividades de supervisión y vigilancia a los establecimientos mercantiles y demás actividades esenciales que se encuentren operando, a efecto de comprobar el cumplimiento de las medidas sanitarias generales y específicas de protección a la salud establecidas para cada sector.