Esta es la tercera ocasión que la defensa pretende que a su cliente se le reclasifique el delito para que pueda obtener la libertad bajo fianza y para ello ha recurrido a la justicia federal, en la que se ha alegado que no hubo dolo en el homicidio.
La audiencia del imputado Ricardo Fajardo Ambia Sánchez se celebró el pasado miércoles a las 7 horas con 30 minutos, cosa que no es usual, pues la mayoría inicia a las ocho de la mañana, pero de acuerdo a testigos, el abogado defensor reclamó a la juez que se negara a reclasificar el delito a su cliente.
Los mismos testigos señalaron que al término de la audiencia el imputado tuvo un roce con uno de los custodios, cuando éste pretendía ponerle las esposas para conducirlo de nuevo al Penal de Atlacholoaya, en el municipio de Xochitepec.
Esta es la tercera ocasión que un juez se niega a reclasificar el delito, situación que ha retrasado el desarrollo del juicio oral, pues hasta el momento no se ha podido celebrar la audiencia intermedia, que es en la que cada una de las partes da a conocer las pruebas que presentarán.
El pasado 23 de noviembre se llevó a cabo una audiencia en la que los familiares de la víctima Ofelia Arrellano Cortés, interpusieron una denuncia por la presunción de que el imputado iba a ser puesto en libertad, cosa que no sucedió, pero nuevamente la defensa recurrió al amparo y el 10 de enero de este año, otra vez la justicia local se negó a reclasificar el delito.
Este asunto se dio a conocer en noticieros nacionales, tras la difusión de un video en el que se aprecia cómo la mujer fue arrollada por un hombre que conducía una lujosa camioneta marca Mitsubishi color blanco, cuyo conductor se dio a la fuga, mientras la víctima quedó tirada en el lugar ya sin vida.
Ricardo Fajardo fue detenido en el Estado de México, en un operativo implementado por la Policía Ministerial, gracias a que en el video se pudo apreciar el número de las matrículas que eran de aquella entidad.
La juez de control Gabriela Acosta Ortega en la audiencia del 23 de noviembre del año pasado, determinó, tras observar el video, que sí se podía apreciar el dolo con el que actuó el hombre, pero también testigos refieren que el hoy procesado dio alcance a la víctima y su chofer en la autopista, diciéndoles de cosas, razón por la cual pararon en la gasolinera “Las Cumbres”, ante el temor de que fueran sacados del camino.
Ahí el hombre descendió de la camioneta, les reclamó que llevaban secuestrado a uno de sus amigos, y le mostraron la cajuela del vehículo en la que viajaba la víctima y fue cuando Ricardo Fajardo arrancó su automóvil enojado, arrollando a la mujer, que no tuvo tiempo de evitar la embestida de la pesada camioneta.
Desde hace meses la defensa del hombre ha insistido que su cliente no actuó con dolo e incluso ha señalado que la palabra es subjetiva. “¿Cómo se puede saber cuándo alguien actúa con dolo?”, señaló en pasadas audiencias en un intento de poner en libertad a su cliente.
Finalmente, es importante señalar que esta es la tercera ocasión que un juez se niega a reclasificar el delito de homicidio doloso a culposo, pues de hacerlo le otorga el derecho al imputado de enfrentar el juicio en libertad.