Los consejeros tendrán la misión de transmitir la voz de la población joven y representar sus intereses ante autoridades gubernamentales y organizaciones no gubernamentales. El Consejo Municipal de la Juventud es un organismo colegiado de carácter social, autónomo, el cual se integra por jóvenes desde 14 y hasta 33 años de edad.
Éstos operan como interlocutores en forma permanente con el gobierno y las organizaciones de la sociedad civil para la definición de políticas que beneficien y contribuyan al desarrollo de la población joven.
Cumplen una función importante en la promoción de la participación y organización de los jóvenes, así como el ejercicio de sus derechos y deberes.
El Consejo Municipal de Juventud se integra por el alcalde, quien fungirá como presidente honorario de este consejo, y a su vez, nombrará a un representante. El director de Atención a la Juventud fungirá como secretario técnico y destacan: un representante de los estudiantes de niveles medio, medio superior y superior; un representante de organismos empresariales juveniles, de partidos y organizaciones políticas; un representante de colegios de profesionistas; de agrupaciones dedicadas a la labor social, conciencia y participación ciudadana; de organizaciones de mujeres; de agrupaciones religiosas y de agrupaciones de culturas populares y barrios. También serán propuestos de cinco a ocho vocales, los cuales tendrán voz y voto en las sesiones.
De esta manera, apegados al reglamento del consejo sin fines partidistas, se tomó protesta a los jóvenes con representación de instituciones educativas y de la juventud tetelense: César Javier Braca Yáñez, Luis Javier Rivera Mendoza, Juan Manuel Alanís García, Luis Fernando Abdón Cala, Rigoberto de la Torre Mendoza, Edna Malenny Álvarez Vargas, Jenny Sharon Maya Vargas, Oswaldo Yáñez Aguilar, Jaqueline Alanís Abdón, Isel Rodríguez Cuate y Jesús Medina Aguilar.
El presidente del consejo agregó que se podrá acordar la integración de otros miembros para cubrir las ocho comisiones y, de esta manera, mejorar el desempeño de las atribuciones del Consejo.